Permiso de lactancia de los padres

Permiso de lactancia de los padres

Escrito por: Leticia   @leticiadelpino    17 septiembre 2013    2 minutos

Desde la Hacienda se encuentran dictando pautas vinculadas por el derecho al permiso de lactancia de los padres. Las cuales podrían aplicarse a todos los trabajadores públicos independientemente de que su mujer trabaje o no trabaje.

Estas medidas figuran en un acuerdo que estableció el Ministerio de Hacienda y Administración Pública en el que se dan a conocer algunos criterios de interpretación con el objetivo de resolver las dudas que pueden aparecer al respecto.

Los puntos tratados se podrían llegar a trasladar al Estatuto de los Trabajadores, de esta forma no serían sólo los empleados públicos los beneficiados sino el total de trabajadores.

Los expertos en la materia consideran que sería un acuerdo histórico que marcaría un antes y un después en el ámbito de la igualdad de género y los derechos en lo administrativo.

A partir del mes de julio se firmo un acuerdo en la Comisión Superior de Personal, en el cual se establecieron diferentes criterios para interpretar el Estatuto Básico del Empleado Público. En ese momento se estableció que el permiso de la lactancia podría ser ejercicios indistintamente por el funcionario o la funcionaria, especificando que sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en el caso de que ambos trabajen.

El permiso de lactancia: “es único para cada hijo y solo uno de los progenitores puede disfrutar de la totalidad del permiso, sin que quepa su disfrute simultáneo o compartido”, agregando que el permiso de lactancia es “un tiempo de cuidado destinado a la alimentación y cuidado del menor que se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por parto, o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprende el permiso por parto”.

Vía | ABC
Foto | Flickr – Pedro Jimenez

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