Permiso de maternidad a tiempo parcial para autónomos
El Gobierno ha aprobado un Real Decreto por el cual, los trabajadores autónomos podrán percibir las prestaciones de maternidad y paternidad a tiempo parcial, compaginándolas con la actividad también a tiempo parcial.
Este Real Decreto, establece también que las mujeres embarazadas o lactantes, podrán cambiar de puesto de trabajo, si este representa un riesgo para el feto o el bebé Además regula la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional y se habilita la nueva prestación de riesgo durante la lactancia.
Las personas que ejerzan la tutela de un familiar al que legalmente no puedan adoptar, podrán beneficiarse de las prestaciones por maternidad o paternidad. Es el caso de los abuelos que tienen la tutela de los niños por fallecimiento de los padres.
Se aumenta la prestación por maternidad no contributiva en 14 días naturales en caso de familia numerosa, monoparental, parto múltiple y cuando la madre o el hijo tengan una discapacidad superior o igual al 65 por ciento.
El Real Decreto amplía el permiso de paternidad a 20 días cuando el nacimiento se produzca en una familia numerosa o con un miembro discapacitado.
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Vía | Expansión