Inscripción del bebé en el Registro Civil
Te daremos unos consejos simples que puedes tener en cuenta a la hora de inscribir a tu hijo en el Registro Civil, obtener su tarjeta sanitaria, empadronarle, etc. Trámites que son sencillos de realizar pero es necesario seguir una serie de pautas, de no hacerlo el trámite se puede volver más complicado. Para evitar demoras e inconvenientes léenos.
Lo primero que debes saber es que es necesario inscribir a tu hijo en el Registro Civil en un lapso que va de las 24 horas hasta los ocho días después de haber nacido (en el caso de existir una causa justificada el plaza se extiende por 30 días). Es muy importante que se tome conciencia de lo importante que es formalizar y legalizar el nacimiento de un hijo. Si tu hijo está correctamente inscripto podrás obtener diferentes beneficios como el permiso de maternidad o paternidad.
Cuando tu hijo nazca podrás pedir la inscripción a cualquier persona en el Registro Civil que corresponde por el domicilio de los padres o en la localidad donde se produjo el nacimiento (en este caso será necesaria la presencia de dos progenitores que acrediten el domicilio común y el certificado otorgado por el hospital donde se acredite que no se ha instado la inscripción).
Para la inscripción en el Registro Civil se necesita: en el caso de los matrimonios el parte médico del alumbramiento, DNI de los padres y Libro de Familia; aquellas parejas que no estén casadas deberán acudir al Registro Civil el padre y la madre con el parte médico del alumbramiento, DNI del padre y de la madre y estado civil de la madre
El segundo trámite que es fundamental realizar es el Alta en la Seguridad Social. Este trámite es muy importante ya que cuando el pequeño se encuentre anotado tendrá asignado un pediatra que lo podrá controlar. Para este trámite será necesario acudir a las oficinas del Instituto de la Seguridad Social (INSS) más cercanas. Se necesita presentar el certificado de la inscripción en el Registro Civil o Libro de Familia, cartilla de la Seguridad Social del padre que hará beneficiario al bebé y formulario modelo P1 para inclusión de beneficiarios.
Después vendrá el trámite para la obtención de la tarjeta sanitaria. En este caso hay que dirigirse al centro de salud que corresponda a la familia donde le asignarán un pediatra al niño y para tramitar su tarjeta sanitaria. Deberás tener los documentos que te dieron en la Seguridad Social, el certificado de empadronamiento del bebé, original y fotocopia del DNI y tarjeta sanitaria del progenitor al que se haya asociado al bebé.
Para el empadronamiento en el municipio el Registro Civil le comunica al ayuntamiento inscribiéndose al bebé en el domicilio en el que figuren empadronados ambos padres o alguno de sus progenitores. Si bien este dato no es necesario hacerlo puede pasar que los padres prefieren realizarlo ellos mismos. En ese caso se requiere el certificado del Registro Civil o Libro de Familia y el DNI original y fotocopia de la persona que va a inscribirlo.
Las madres que trabajan tienen la posibilidad de tomarse 16 semanas remuneradas con el total de su salario, el padre podrá tomarse 15 días también remunerados. Ambos permisos deben ser solicitados en la oficina de Seguridad Social. Para ambos padres se requiere: DNI, certificado de la empresa informando de la situación del trabajador, la fecha de inicio del descanso por maternidad o paternidad y otros datos de cotización y justificante de pago de cotizaciones de los últimos dos meses. Ten en cuenta que pueden existir casos especiales en los que se requiere una documentación especial.
Por último puedes solicitar la ayuda de los 100 euros por parte del Estado. Ten en cuenta que Ministerio de Hacienda otorga una ayuda de cien euros mensuales por hijo a las madres trabajadoras con niños menores de tres años. Esta ayuda se puede solicitar por teléfono o internet en la Agencia Tributaria.
Vía | ABC
Foto | Flickr – Carlos Jimenez